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¿EN QUE CONSISTE UN CONTRATO DE COLABORACION DE INTERMEDIACION INMOBILIARIA?

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¿Qué es la intermediación inmobiliaria?¿Y los mediadores y/o corredores?

Cuando hablamos de intermediación inmobiliaria hacemos referencia a un tipo de “contratos de colaboración” definidos como negocios jurídicos mediante los que se pretende fomentar las relaciones entre empresarios que permiten incrementar la actividad comercial. En los contratos de colaboración, quien desarrolla la prestación principal actúa por cuenta del principal (comisionista, agente) o simplemente aproxima a las partes (corredor).
Los mediadores o corredores se ocupan de aproximar a dos partes para la potencial conclusión de una transacción.
Más en concreto, el “intermediador” es una persona que acerca a dos partes: comprador - vendedor, para concretar una compra-venta de un inmueble.
Es un servicio prestado por profesionales teniendo experiencia y conocimientos para hacerlo y para poder asesorar a sus clientes correctamente.
En un contrato de intermediación inmobiliaria la función principal del intermediario es la captación de clientes y la localización de posibles compradores por requerimiento del vendedor, que quiere vender una propiedad.
Es muy importante tener en claro que el intermediario inmobiliario no es en ningún caso el representante legal ni está capacitado para realizar la venta del inmueble en nombre del propietario de la misma.
Es también importante tener en cuenta, que esa operación de intermediación entre el comprador y vendedor, implica el pago de una cantidad de dinero, es decir, una comisión que percibe el intermediario por su trabajo realizado, ya que su principal tarea es acercar a las partes para concretar una compra-venta, y por ese trabajo cobra unos honorarios correspondientes, que deben estar pactados en el contrato de colaboración de intermediación inmobiliaria. Se debe pactar el porcentaje que van a cobrar y cuando lo van a cobrar para evitar confusiones e inconvenientes.

¿Deben cobrar los intermediadores y/o corredores?

Hoy en día existen dudas con respecto de que si este agente inmobiliario debe cobrar o no por su trabajo realizado, aunque normalmente, en caso de litigio, los tribunales estiman que cobren por el trabajo efectivamente realizado. En todo caso siempre es aconsejable que antes de firmar un contrato de esta naturaleza lo revisen tus abogados de confianza

Texto redactado por la colaboradora Dª. Guadalupe Montoto Canllo y revisado por el Socio Director David-Juan López Ortega. HDH Abogados

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