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Como compartir con seguridad un décimo de Lotería de Navidad

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En estas fechas siempre nos gusta recordar como se deben compartir de la manera más segura los décimos de navidad, boletos y/o participaciones compradas para el Sorteo Extraordinario de la Loteria de Navidad del próximo 22 de diciembre.
 
Para evitar los problemas que puedan surgir o para que en el caso de que surjan sepamos las vías a las que acudir, desde Asesores y Abogados El Cid os vamos a dar uno sencillos consejos para compartir vuestros décimos de Navidad con la mayor seguridad posible:


¡Debe quedar por escrito!


Esta es la premisa fundamental. Los décimos de lotería no tienen titularidad, por lo que solo los puede cobrar el portador, por lo que para prevenir que quien se haya quedado con el décimo intente escabullirse es conveniente dejarlo por escrito para poder demostrar el acuerdo.
Una fotocopia del boleto donde figuran los datos de todas las personas que lo juegan, además de su firma y la cantidad que juega cada apostante y quien lo guarda es más que suficiente. No es necesario nada más. 

 Con esta sencilla práctica es más que demostrable ante el juez que ese boleto estaba compartido (las firmas pueden ser objeto de examen ante un perito calígrafo que determinará si es auténtica o una falsificación).
Si no se quiere hacer una fotocopia puede valer también la misma operación apuntando tanto en número jugado como la serie, fracción y sorteo. Esta opción también es buena en el caso de boletos perdidos o robados.
 
Los contratos o acuerdos verbales también son válidos, pero mucho más complicados de demostrar pudiéndonos dar más de un dolor de cabeza.
 
Una foto compartida por Whatsapp también puede ser válida para demostrarlo, pero tenemos el mismo inconveniente, el proceso es más largo y tedioso además de los posibles errores en la aplicación que pueden impedir recuperar los mensajes o que en la conversación no quede lo suficientemente claro quienes son las personas que lo juegan o quien se encarga de guardarlo.


En caso de robo...


Avisar inmediatamente a la policía para que nadie más pueda cobrarlo. Lo conveniente es identificar nuestro boleto a través de su número, fracción, serie y sorteo.


En caso de deterioro...


Se recomienda llevarlo a la administración que serán los encargados de enviarlo a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre donde tratarán de recuperarlo.

 
¡Cobrarlo todos juntos!

 

Es otro punto a tener en cuenta. En el caso de premios compartidos entre amigos, parientes, peñas, etc. hay que ir todos juntos y decir que porcentaje de premio le corresponde a cada uno.
Si únicamente uno va a cobrarlo debe especificar que, aunque sea el cobrador, no es el beneficiario único, si no que va a actuar como gestor de cobro y en el momento oportuno esta persona debe estar en condiciones para poder acreditar ante la Administración Tributaria quienes han sido los titulares de las participaciones y su porcentaje de participación ya que los impuestos van a ir repartidos en función del porcentaje.

 

Impuestos


Las normas establecen que en el momento del cobro se soportará una retención o ingreso a cuenta, es decir que cuando nos entreguen nuestro premio ya estará descontada la parte correspondiente al impuesto y solo habrá que anotar nuestro premio en la declaración de la renta.
En nuestra declaración de la renta el premio no se incluye en la base general ni en la del ahorro del IRPF, por lo que los premiados no se ven afectados a la hora de pedir becas, o cualquier ayuda pública que depende de los ingresos y no del patrimonio ni tendrán que pagar más por su declaración.
 
El cambio de fiscalidad hace que aunque el gravamen sigue siendo el mismo que en años anteriores y  los premios tributan al 20%, el mínimo exento se ha elevado a 10.000€, frente a los 2.500euros del año anterior, por lo que si el premio es inferior a 10.000€ estará exento y si es por ejemplo el premio es de 13.000 euros habría que tributar el 20% de 3.000€.

 A la hora del cobro es importante especificar como ya hemos dicho si existe un único beneficiario o es un premio compartido ya que, si solo es una persona la que va a cobrarlo y luego lo reparte, Hacienda podría entender que es una donación y aplicar el impuesto correspondiente.
 
En el caso de que el agraciado sea una empresa, asociación fundación o cualquier otra forma jurídica de sociedad y no una persona física, las obligaciones cambian ya que la cantidad quedara integrada en la base imponible del impuesto de sociedad.


Los premios del sorteo de Navidad


Las cantidades siguientes hay que dividirlas entre diez para calcular el dinero por décimo en el caso de que nuestro número sea el premiado.
 
1º premio o el ‘Gordo’: 4.000.000 euros 


2º premio:1.250.000 euros


3º premio: 500.000 euros


4º premio: dos premios de 200.000 euros


5º premio: ocho premios de 60.000 euros


Pedrea: 1.794 premios de 1.000 euros


Números anterior y posterior al 1º premio: dos premios de 20.000 euros

Números anterior y posterior al 2º premio: dos premios de 12.500 euros

Números anterior y posterior al 3º premio: dos premios de 9.600 euros

Centenas del 1º, 2º y 3º premio: 297 premios de 1.000 euros

Centenas del 4º premio: 198 premios de 1.000 euros

Con las dos últimas cifras del 1º, 2º y 3º premios: 297 premios de 1.000 euros

Reintegro: 9.999 premios de 200 euros 
 
 
 
Para cualquier otra consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros

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