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La indemnización al paciente por listas de espera en la sanidad pública

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Listas de espera: Reclamar o resignarse

Todos hemos sido víctima de las largas listas de espera de la sanidad pública para el tratamiento de alguna dolencia. Generalmente y antes cuestiones no urgentes, se opta por la resignación ante lo que, por desgracia, se considera habitual aunque no debía serlo.
No obstante, ¿qué ocurre cuando el diagnóstico es más grave y no hay cita hasta meses más tarde? La angustia que con toda seguridad sufrirá el paciente es evidente, lo que le llevará a acudir, si cuenta con los medios económicos para ello, a la sanidad privada.

Responsabilidad de la administración

¿Estos gastos, costes y perjuicios podemos reclamarlos a la Administración? La respuesta es clara: sí. Ello siempre que se den los requisitos de la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública:

Hay que acreditar con toda evidencia posible, un funcionamiento anormal, incorrecto, deficiente más allá de lo tolerable para el servicio público del que se trata.


Se trata de probar, no la mala praxis de los médicos de la sanidad pública – que, en principio, no existe – sino el
deficiente funcionamiento de las listas de espera del Servicio de concreto del hospital público que supone un perjuicio al administrado.
Asimismo, es preciso que el diagnóstico del centro privado y el tratamiento fueran los correctos ante tal dolencia y que gracias a ello la salud y la calidad de vida del paciente mejorasen.


Si Vd. se encuentra en esta situación, no dude en contactar con el Bufete Inurria, que cuenta con especialistas en reclamaciones a la Administración con amplia experiencia profesional.

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