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Lo que no nos cuentan los bancos

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Solicitar un crédito puede ser una gran herramienta para obtener nuestros fines financieros y obtenerlos es relativamente fácil si acreditas tu capacidad e intención de pago, pero puede convertirse en nuestro mayor enemigo si no sabemos con claridad que estamos contratando o que uso le queremos dar.

Ya sea a través de una tarjeta de crédito o de un préstamo, es importante que se conozca que se está adquiriendo. Lo primero que hay que saber es que un crédito es un producto financiero a través del que el cliente dispone de una cantidad máxima de dinero acordada y puede disponer del según sus necesidades sin rebasar ese límite y después tendrá que devolver ese dinero, mas los intereses y las comisiones pactadas en el plazo determinado. Por ello destacamos que:    

  1. Cuando se adquiere un crédito, es dinero prestado el cual hay que devolver en el tiempo pactado más el  interés acordado.
     
  2. Entre más tiempo tarde en pagarlo más te costara, es decir, entre más rápido se devuelva el dinero menos  intereses se pagarán.
     
  3. En el caso de no pagar las cuotas acordadas, existirán cargos adicionales por el incumplimiento.


¿Que debemos saber?

En primer lugar, aunque existe la obligación por parte de los bancos a informar al consumidor de todos sus derechos estos no lo hacen o lo hacen de manera parcial o en letra pequeña, por ello vamos a establecer una lista de los derechos que el prestatario muchas veces no conoce.

LA OFERTA VINCULANTE: en el momento de ofrecer un crédito al consumidor, el prestamista debe dar un documento con todas las condiciones y mantenerlas durante 14 días, de esta forma el consumidor podrá comparar esas condiciones con las que pueda encontrar en otras entidades o empresas de capital privado.

DERECHO A DESISTIR: el consumidor puede dejar sin efecto el contrato firmado si lo comunica en un plazo de 14 días a contar desde el día de la firma. Para que ello surta efecto tambien tiene que devolver en un máximo de 30 días el capital prestado más los intereses que se hayan generado.

DERECHO AL REEMBOLOS ANTICIPADO: el consumidor puede devolver todo o parte del capital en cualquier momento para así reducir su coste, sin embargo el prestamista puede cobrar una compensación por dicho reembolso pudiendo llegar hasta el 1% del capital amortizado si queda más de un año para que venza el contrato.


Conocer de antemano los derechos de los consumidores no es la única precaución si no que también es conveniente:

  1. Comparar los créditos de varias entidades
     
  2. preguntar por todas las condiciones del préstamo
     
  3. leer con detenimiento el contrato
     

¿Qué gastos existen en los prestamos?

A continuación, vamos a hablar sobre los gastos que existen y en muchas ocasiones no se tienen en cuenta a la hora de firmar un prestamo:

Comisión de apertura: es un porcentaje sobre el importe del crédito que se ha solicitado. Normalmente va de un 0,5% al 2% Pero no solo hay que tener esto en cuenta si no que en ocasiones se cobra un importe mínimo con independencia del importe del crédito.

Comisión de disponibilidad: esta es la comisión que se cobra por el importe del crédito que no se utiliza, es decir, se cobran intereses por el dinero que se utiliza y por el que no  también debido a que se tiene disponible. Hay que mirar bien esta comisión tanto el porcentaje como su periodicidad ya que suele ser trimestral.

Comisión por reclamación de recibo vendido:  esta cantidad es un importe fijo (30-40 euros) que depende de cada entidad y que se cobra si el día que pasan al cobro el recibo al banco este no se paga. si esto ocurre, además de tener que pagar la liquidación de la cuenta de crédito y esta comisión, también se activan los intereses de demora por el importe que has dejado de pagar, estos intereses dependen de cada banco, pero podemos hablar de un 25% anual, aunque recientemente el Tribunal Supremo ha establecido que solo pueden ser dos puntos superiores al interés pactado, pero igualmente hay que tenerlos en cuenta y tener claro dejar de pagar el recibo puede salir muy caro.

Comisión por renovación de crédito: si la cuenta de crédito se firma por más de un año, cada año se cobrará una comisión por renovación del crédito. Esta comisión suele ser de 1%.

Notario: Los bancos hacen firmar los créditos ante fedatario público que también tiene un cote, este coste variará en función del importe del crédito.

Por lo tanto, en circunstancias normales si a los intereses que tenemos que pagar le sumamos los costes de notario, apertura, comisiones etc., el crédito puede tener un coste de un 8% al 18% que hay que tener en cuenta a la hora de hacer frente a su pago. 
Como puede verse, la gestión y la negociación en estos casos es muy importante ya que el hacerlo mal puede suponer grandes consecuencias.
 

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Comentarios

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Ana 17-05-2018 12:09

Demasiadas cosas no nos cuentan los bancos

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